El 4 de junio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la tercera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021, con las siguientes novedades:
2.7.1.9. CFDI que podrá acreditar el transporte de mercancías
La regla anteriormente señalaba que los propietarios de mercancías nacionales que formen parte de sus activos acreditarían el transporte de dichas mercancías únicamente con un CFDI de tipo traslado al que se le incorpora el complemento “carta porte”. Ahora, con la reforma se elimina la referencia a “nacionales que formen parte de sus activos”, lo que implica que la regla aplica al traslado de cualquier mercancía, no solamente nacionales.
Anteriormente se señalaba que esta comprobación se haría cuando las mercancías se trasladaran por carreteras federales, o por vía férrea, marítima, aérea o fluvial.
Se señala que todos los contribuyentes que estén relacionados con el traslado de mercancías deberán expedir, en términos de lo previsto en la presente regla, el CFDI con complemento “carta porte”, de tipo traslado o de tipo ingreso, de acuerdo a su participación en la operación.
Artículo Primero Transitorio
El complemento “carta porte” entra en vigor a partir del 1 de junio de 2021.
Durante los 120 días naturales, siguientes al inicio de la vigencia del complemento “carta porte”, los contribuyentes señalados en la regla 2.7.1.9. Podrán optar por expedir el CFDI sin incorporar el complemento. Pero al finalizar dicho periodo, el uso del complemento “carta porte” será obligatorio para los citados contribuyentes.